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15 de Mayo de 2013

El caso de las hermanas Jara

Mariana Carroli, co-coordinadora del programa de capacitación, “sensibilización” y educación en políticas públicas con perspectiva de género de Iadepp, analiza la situación acutal de la ley vigente de Protección Integral a las Mujeres y su aplicación. Desde el caso de las hermanas Jara se hace enfoque en la igualdad de trato para hombres y mujeres y la obligatoreidad de una Educación Sexual Integral en todos los establecimientos educativos.

 

El caso de las hermanas Jara devela la discriminación a la que se ven expuestas las mujeres en la Argentina y en el mundo, por el solo hecho de ser mujeres.

Si bien las hermanas Jara ya no se encuentran encarceldas, el proceso que duró más de dos años muestra al igual que otros casos, la violencia institucional que sufren las mujeres; la violencia de género. Según la ley 26.485 (de Protección Integral a las mujeres), se concibe a la violencia institucional como “Aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.” 

Recordemos esta es una de las diversas modalidades de violencia que tipifica la ley y que deben ser eliminadas para lograr la equidad entre varones y mujeres.

En este punto, si bien los efectores de salud, de justicia y demás personas deben ser formadas en estas áreas, es relevante comentar que este proceso debe comenzar con anterioridad. En relación a este punto, desde el año 2006, el Congreso de la nación argentina sancionó la Ley 26.150, sobre Educación Sexual Integral. A partir de allí, la educación sexual desde una mirada interdisciplinaria, integral (es decir que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos), es obligatoria y debe ser impartida en los establecimientos educativos de gestión estatal y privada de todo el país desde el nivel inicial hasta el nivel superior de formación docente y de educación técnica no universitaria.

Uno de los objetivos de la Ley es “Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres”.
En este marco, debe ser comprendida y problematizada la violencia de género, en las escuelas, pero también en ámbitos decisorios como por ejemplo la justicia. Si bien es un proceso complejo, las leyes están, hay que convertirlas en prácticas cotidianas, para que no existan más casos como los de la hermanas Jara; para que las víctimas, no se conviertan en victimarias, debido a la mirada sexista, en este caso de la justicia.

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Audio: Es todo lo que tengo

Nota: CiudadSi
Audio:Lisandro Aristimuño
Fotografías:Iadepp
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